EDE: 2004/176389 AP Barcelona Fecha 19/10/2004, Núm: 555/2004, Rec: 404/2004, Pte: Alavedra Farrando, Enrique
Se centra la cuestión litigiosa en determinar si debe hacerse cargo el vendedor de una vivienda
de las cantidades reclamadas por la comunidad de propietarios a la actora compradora en concepto de derrama, teniendo en cuenta que si bien el presupuesto para acometer la
rehabilitación de la fachada fue aprobado con anterioridad a la venta del inmueble, la cantidad no se reclama hasta después de producida la transmisión. Determina al respecto la Audiencia que las previsiones comunitarias no pueden entenderse exigibles hasta que no se materialicen con la exigencia de la cuota proporcional, lo que no se produce en el supuesto enjuiciado hasta después de la venta de la vivienda. Por todo ello no cabe hablar de deuda exigible en el momento de la venta, ni cabe entender que la parte proporcional de la rehabilitación de la fachada integre el precio de la compraventa.
Ahora puede contactar con un administrador para su comunidad. Le ofreceremos la mejor atención para resolver sus problemas.